
IPALEMA interpuso un recurso de amparo para que el SERFOR y la ciudad de Lima liberaran al zorro andino capturado, Run Run, de un zoológico a un área de manejo de fauna silvestre para su reinserción en la naturaleza una vez rehabilitado, alegando que el trato dado a Run Run violaba el principio constitucional de protección del bienestar animal y del medio ambiente. El tribunal analizó los principios constitucionales de preservación de la vida salvaje, "la obligación de respetar" la naturaleza y el carácter nacional, así como la importancia de proteger derechos constitucionales fundamentales, como el derecho a un medio ambiente sano. El tribunal razonó que los animales, como los humanos, son seres sensibles, pensantes y conscientes, y deben ser respetados y protegidos por la ley. Como tal, Run Run recibió protección, derechos y custodia autónoma como "miembro de la naturaleza", derivado del concepto de derechos de la naturaleza. Este caso histórico supone el primer reconocimiento en Perú de los animales como sujetos de derechos y protección autónomos. Se ordenó que Run Run fuera reevaluado para determinar si podía ser liberado de nuevo en la naturaleza.