Full Statute Name:  PROHIBICION DE CAZA DE CETACEOS EN TODO. Ley 25.577

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Primary Citation:  Ley 25.577 Country of Origin:  Argentina Last Checked:  November, 2022 Date Adopted:  2002 Historical: 
Summary: This law prohibits hunting or intentional capture of any of the cetacean species specified in the appendix. It establishes fines for those who violate this law of not less than 1 million Argentinian pesos ($1,000,000).

PESCA

Ley 25.577

Prohíbese la caza de cetáceos en todo el territorio nacional, comprendiendo éste el mar territorial, la zona económica exclusiva y sus aguas interiores. Infracciones. Autoridad de Aplicación. Facultad. Jurisdicción Nacional. Reglamentación.

Sancionada: Abril 11 de 2002.

Promulgada de Hecho: Mayo 6 de 2002.

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:

PROHIBICION DE CAZA DE CETACEOS EN TODO

EL TERRITORIO NACIONAL

ARTICULO 1° — Caza o captura intencional. Se prohíbe la caza total o captura intencional a través de redes, otras artes de pesca o por el sistema de varamiento forzado, de cualquiera de las especies de cetáceos que figuran en el listado que obra como Anexo I de la presente ley, en todo el territorio nacional, comprendiendo éste el mar territorial, la zona económica exclusiva y sus aguas interiores.

ARTICULO 2° — Infracciones. Las infracciones a la presente ley serán sancionadas con multas a partir de un millón de pesos ($ 1.000.000). En el caso de reincidencias, las multas podrán incrementarse al doble del mencionado valor de infracción. Para la especie Orca (Orcinus orca), rige la Ley N° 25.052.

ARTICULO 3° — Autoridad de Aplicación. La autoridad de aplicación de la presente ley será la Secretaría de Desarrollo Sustentable y Política Ambiental del Ministerio de Desarrollo Social y Medio Ambiente de la Nación, o la que en lo sucesivo la reemplace.

ARTICULO 4° — Facultad de la Autoridad de Aplicación. La autoridad de aplicación tendrá la facultad e instrumentará los mecanismos para hacer efectivo lo establecido en el artículo 1°:

a) Fijará medidas conducentes a minimizar, atenuar y reducir la captura incidental de los cetáceos listados en el Anexo I;

b) Fijará excepciones al artículo 1° de la presente ley cuando tuvieren objetivos científicos, educativos o tiendan a la conservación de las especies incluidas en la presente norma.

ARTICULO 5° — Jurisdicción Nacional. La presente ley regirá en los lugares sujetos a jurisdicción exclusiva de la Nación y en las provincias que adhieran al régimen de la misma y celebren los convenios necesarios con la autoridad de aplicación.

ARTICULO 6° — Reglamentación. El Poder Ejecutivo, en un plazo de sesenta (60) días corridos, reglamentará la presente ley.

ARTICULO 7° — Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS ONCE DIAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DOS.

— REGISTRADA BAJO EL N° 25.577 —

EDUARDO O. CAMAÑO. — MARCELO E. LOPEZ ARIAS.— Eduardo D. Rollano. — Juan C. Oyarzún.

 

ANEXO I

CLASE MAMMALIA


ORDEN CETACEA


Familia: Balaenidae


Ballena Franca Austral

Eubalaena australis

Familia: Neobalaenidae


Ballena Franca Pigmea

Caperea marginata

Familia: Balaenopteridae


Ballena Minke

Balaenoptera acutorostrata

Ballena Sei

Balaenoptera barealis

Ballena Ballena Azul

Balaenoptera musculus

Ballena Fin

Balaenoptera physalus

Ballena Jorobada

Megaptera novaeangliae

Familia: Pontoporiidae


Franciscana

Pontoporia blainvillei

Familia: Phocoenidae


Marsopa Espinosa

Phocoena spinipinnis

Marsopa de Anteojos

Australophocaena dioptrica

Familia: Delphinidae


Delfín Oscuro

Lagenorhynchus obscurus

Delfín Cruzado

Lagenorhynchus cruciger

Delfín Austral

Lagenorhynchus australis

Delfín de Risso

Grampus griseus

Tonina

Tursiops truncatus

Delfín Moteado

Stenella attenuata

Delfín Listado

Stenella coeruleoalba

Delfín Común

Delphinus delphis

Delfín Liso del Sur

Lissodelphis peronii

Tonina Overa

Cephalorhynchus commersonii

Orca Pigmea

Feresa Attenuata

Falsa Orca

Pseudorca crassidens

Calderón

Globicephala meias

Familia: Ziphiidae


Zifio de Shepherd

Tasmacetus shepherdi

Zifio de Arnoux

Berardius arnuxii

Delfín Picudo de Layard

Mesoplodon layardii

Delfín Picudo de Héctor

Mesoplodon hectori

Delfín Picudo de Gray

Mesoplodon Grayi

Zifio de Cuvier

Ziphius cavirostris

Zifio de Nariz de Botella

Hyperoodon planifrons

Familia: Physeteridae


Cachalote

Physeter macrocephalus

Cachalote Pigmeo

Kogia breviceps

 

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